SENTENCIA nº 159/2017 JUZGADO DE LO SOCIAL 1 DE MATARÓ

FUNDAMENTO DE DERECHO TERCERO:
Coincidiendo plenamente con el informe del Dr. Daniel Ortiz Borrás de fecha 01.02.2017, donde se determinó que las secuelas que presenta el actor son: artrodesis calcaneoastragalina pie derecho, dolor neuropático postquirúrgico, síndrome de dolor regional complejo tipo I crónico, portador de un implante neuroestimulador medular con respuesta parcial, presentando las siguientes limitaciones funcionales: limitación para realizar cualquier actividad física, subir y bajar escaleras, deambulación, sedestación y bipedestación prolongadas, deambulación por terreno plano o irregular, limitación para coger pesos, limitación para realizar tareas que requieran atención y concentración por la afectación cognitiva que supone la toma diaria de estupefacientes ya que comportan una alteración de la memoria operativa, una alteración en el procesamiento de la información y planificación de actividades, dificultad en la integración de nueva información y una dificultad en mantener la atención en la lectura y en el aprendizaje. Concluye dicho informe pericial, que en relación con su aptitud psico-física para el desarrollo en el trabajo, las limitaciones que padece le suponen un menoscabo de su aptitud laboral, por encontrarse inhabilitado por completo para realizar cualquier profesión u oficio.

FALLO:
Estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. XXX frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre incapacidad permanente absoluta por enfermedad común, DECLARO que la parte actora se encuentra afecta de una iNCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA para todo trabajo.

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